Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos STEFANIA ALVARADO GONZALEZ Y ALFREDO JAVIER LOPEZ CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.964.518 Y 14.648.075 respectivamente y domiciliados en la calle 12, Urb. Villa La Rioja, Nro 12-11, frente a la Urb. Ciepito, Municipio San Felipe estado Yaracuy y en la Autopista Quibor, Kilómetro 11, Granja los Copihues estado Lara, debidamente asistidos por la Abogada LUCIA MARQUINA MIANI, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 21.847 y de conformidad con lo previsto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA EL DIVORCIO en los términos y condiciones acordados en el escrito de solicitud que riela al folio 2, solicitud de conversión que cursa al folio 9 del presente expediente, en consecuencia, queda DISUELTO EL VINCULO.....