Se dictó decisión acordando el Sobreseimiento de la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 46 en concordancia con el artículo 49 numeral 7º todos del Código Orgánico Procesal Penal; en virtud de haber transcurrido el lapso de la Suspensión Condicional de Proceso y haberse verificado el cumplimiento de las condiciones impuestas. Se ordena el cese de las medidas de coerción personal.