este Tribunal de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ¿Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley¿, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana ANGELICA MARIA PINTO RODRÍGUEZ, titular de la C.I. 16.481.924, en contra del ciudadano JOSÉ DANIEL TORO SOSA, titular de la C.I. 16.838.869, a favor de su hija (OMITIDA), de dos años de edad y en virtud de que el ciudadano JOSÉ DANIEL TORO SOSA, en la oportunidad de su Contestación de Demanda que riela al folio 08 ofreció la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 25.000,00), esta Juzgadora considera pertinente fijar una Pensión de Alimento por la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 25.000,00) mensuales, a partir del 30 de Abril del presente año, para ser depositados en una cuenta de ahorro del Banco Industrial de Venezuela, que se ordenará aperturar por la madre ANGELI.....