Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el ciudadano LUIS PERRONI BLANCO, Abogado en Ejercicio y de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 10.926, en su condición de Apoderado Judicial de la Parte Demandada, en contra de la sentencia de fecha veintiséis (26) de enero del dos mil diez (2010), proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria que antecede, se declara NULA la referida sentencia, por las razones que se expondrán ampliamente en la publicación del fallo integro del presente disposi.....