este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN a la transacción lograda y en los mismos términos en que fue planteada; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11º de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Dándosele el carácter de Cosa Juzgada. Así se decide. SEGUNDO: Continúa el proceso con relación al ciudadano NESTOR HERNANDEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº 11.275.280, por cuanto de autos se desprende que el mismo no le dio Poder o autorización al Procurador para convenir, e igualmente no se evidencia que haya recibido pago alguno, por lo que, se ratifica la celebración de la Audiencia fijada en fecha 18-05-2011 a las 10:00 AM, la cual corre inserta al folio 97 de est.....