Dispositiva
Con fundamentos en todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas , este Tribunal de Juicio N°1 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy en su categoría Unipersonal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara penalmente responsable a la adolescente : H. J. MONTILAL JIMENEZ, quien es venezolano, de 16 años de edad, cédula de identidad N° 18.881.223, de profesión u oficio estudiante, residenciado en el barrio Guatanquire, calle 13 esquina de la avenida 3, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego previsto en el artículo 277 del Código Penal Venezolano Vigente, en agravio del Estado Venezolano, en consecuencia los condena a cumplir las medidas prevista en el artículo 620 literal b) y d) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente , por el lapso de dos años de manera simultanea y de la forma siguie.....