En consecuencia y en razón de lo antes analizado, este JUZGADO EN FUNCION DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVAR, EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, SECCION ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: LA CESACION de la medida de Imposición de Reglas de Conducta, por extinción de la acción penal, por muerte del sancionado, JORGE LEONARDO CORREA GIL, titular de la cédula de identidad N° 18,590535, nacido en San Félix en fecha 26 de diciembre de 1.987, hijo de los ciudadanos Soraida Gil y Antonio Correa, quien residía en Barrio Vista Al Sol, ruta I, vereda II, casa N° 87, en San Félix, Estado Bolívar, conforme a lo dispuesto en los artículos 42 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal penal, aplicado por remisión el artículo 537 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente, actuando el tribunal de acuerdo a lo dispuesto en el literal "h" del artículo 647 de la última ley citada.
Notifí.....