Este Tribunal de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN teniéndose como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Igualmente se acuerda la devolución de los documentos originales acompañados al libelo de la demanda previa certificación en autos.- Déjese copia certificada del presente auto y del escrito de desistimiento en el copiador de homologaciones del tribunal.- Termínese el presente asunto y ordénese el archivo definitivo del expediente.