este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana YILMARI CELENA SEVILLA MEDINA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 24.772.314, en un área de terreno perteneciente al Municipio San Felipe, el cual mide DOSCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO CENTÍMETROS (208,65 Mts2); con una bienhechuría de DOCE METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO CENTÍMETROS (12,25 mts2). Un rancho con dos (02) puertas de hierro, una (01) ventana de hierro, piso pulido de cemento, techo de zing, rancho, ubicado en Calle 03 Esquina Calle 01 Sector Fray Marcelino San Javier, Parroquia San Javier-Marín, Jurisdicción del Municipio San Felipe Estado Yaracuy; comprendido con los siguientes linderos: Norte: Calle 01 con 19,50 Metros; SUR: Casa y sola.....