PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de medida especial innominada solicitada por el ciudadano EDUARDO ENRIQUE PIGOTTI TOLEDO, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad N° V- 4.477.983, representando en este acto por el Abg. MOISÉS MANUEL FERRER, venezolano, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° V- 14.608.411, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 115.496, domiciliado en el Sector Cumbre Azul, municipio Independencia del Estado Yaracuy, de conformidad con lo establecido en los artículos 163, 207 y 254 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y el artículo 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sobre un lote de terreno sobre un lote de terreno denominado Fundo La Ponderosa, ubicado en el sector Yumarito, Asentamiento Campesino FERROCARRIL BOLIVAR LOTE II, jurisdicción del Municipio Manuel Monge, del estado Yaracuy, constante de una superficie de TRESCIENTAS SEIS HECTAREAS CON SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES METROS CUADRAD.....