Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Terminado el procedimiento de Apelación intentado; siendo ejercido Recurso de Apelación De Auto ejercido los Abogados Alicia Fernández y Félix Castro en su condición de Defensor Privado del Ciudadano CARLOS MARCELINO CHANCELLOR, por la presunta comisión de los delitos de Instigación a Delinquir, en los delitos de Degradación de Suelos, Topografía y Paisajes y Actividad en Áreas Especiales y Ecosistemas; tal impugnación incoada a fin de refutar la decisión de fecha 06 de Febrero de 2008, en el cual el Tribunal Segundo Itinerante en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz, Declaro CON LUGAR el SOBRESEIMIENTO a favor del los Ciudadanos PEDRO PEREZ PINTO, NORMA MARQUEZ, MARIA DEL CARMEN DEVIA, WILLIANS DEL VALL.....