PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO PROCESAL DE APELACIÓN incoado por la parte demandada contra la sentencia dictada el diecinueve (19) de septiembre de 2007, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión de la Sala de Juicio con sede en Puerto Ordaz, que declaró con lugar la demanda de divorcio incoada por la ciudadana ITALIA MARIA RIVAS DE SALAZAR en contra del ciudadano MOISES ASUNCIÓN SALAZAR, la cual queda REVOCADA.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO incoada por la ciudadana ITALIA MARIA RIVAS DE SALAZAR en contra del ciudadano MOISES ASUNCIÓN SALAZAR.