Se dictó sentencia declarándose CON LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por la sociedad mercantil SOCIEDAD VENEZOLANA DE ELECTRIFICACIÓN Y MONTAJE, C.A. (SVEMCA), contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, en consecuencia, NULA la Providencia Administrativa Nº 01-130, dictada por la Inspectoría del Trabajo de la Zona del Hierro de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, el veinticuatro (24) de septiembre de 2001, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano ESTEBAN SANABRIA.