En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (REVISIÓN), presentada por la Abg. Reina Zolaime Colmenares Aguilar, en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Público de este estado, a solicitud del ciudadano LEONARDO ENRIQUE RIERA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.282.120, domiciliado en la calle 7, cruce con avenida 2, sector La Cañada, casa Nº 2-6, Municipio Nirgua del estado Yaracuy, en su condición de padre del niño "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", en contra de la ciudadana MIRNA JOSEFINA DURAN MONTILLLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.494.721, domi.....