PRIMERO: SIN LUGAR la Solicitud de Divorcio, basada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, interpuesta por el ciudadano: JESÚS RAMÓN LLOVERA MEZA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.910.315, domiciliado en la Urbanización Nuevo Boraure, calle 4, casa N° 5, Boraure, Municipio La Trinidad del Estado del Estado Yaracuy, contra la ciudadana NANCY COROMOTO GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.277.282, domiciliada en La Carrera 10, entre Calles 1 y 2, al lado de la Escuela Carmen Fernández de Leony, Yaritagua, Municipio Peña del Estado Yaracuy, y aplicando el nuevo criterio vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Sentencia N° 446 de fecha 15 de Mayo de 2014. SEGUNDO: Este Juzgado declara terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente en su oportunidad legal.