En fecha 23 de noviembre de 2017 se dicto auto de admisión a la presente solicitud. En fecha 28 de noviembre de 2017, fue dictada la respectiva sentencia de divorcio. En fecha 14 de diciembre de 2017 los ciudadanos MARIA EUGENIA ABAB HERNANDEZ y JORGE ELIAS VIVAS FERNANDEZ, ya identificados, asistidos por el abogado en ejercicio TOMAS CLARK CASTRO, tambien identificado, presentaron diligencia mediante la cual DESISTEN de la presente pretensión.
II
Respecto del auto de homologación, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Civil, mediante sentencia de fecha 20 de enero de 1999, realizó las siguientes consideraciones: "los autos que dan por consumados u homologados los actos unilaterales o bilaterales de auto-composición procesal según el caso (desistimiento, convenimiento y transacción), tienen el carácter de sentencias definitivas (...)" En este sentido, este Tribunal en armonía con los criterios jurisprudenciales anteriormente citados observa que el auto de homologación t.....