Mediante Resolucion Nº:PJ0252023000238, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la HOMOLOGACION de la partición y liquidación de bienes conyugales en la forma y términos señalados en dicho escrito de reforma de PARTICION Y LIQUIDACION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. Así se decide.-