MEDIDA DE PROTECCION a favor de las ciudadanas ROSMERY CAROLINA RUIZ, y MARIA LOURDES RUIZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. 14.143.251 y 9.038.707 respectivamente y su grupo familiar, para lo cual se giran las respectivas instrucciones al Instituto Autónomo de Policía del Estado Yaracuy, a los fines de ejecutar la presente medida por medio de APOSTAMIENTO POLICIAL en el domicilio de las mencionadas víctimas ubicado en El Sector Tierra Amarilla, carrera 8 entre calles 2 y 3, casa S/N, color Anaranjada con blanco, frente a la bodega Remigio, Yaritagua, municipio Peña del Estado Yaracuy, hasta por un lapso de noventa (90) días continuos. Ofíciese lo conducente y notifíquese a la Fiscal Superior del Ministerio Público y la víctima el contenido del presente auto. Cúmplase. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.