este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Protección de Niño, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la "de cujus" VIVIAN YAKELIN ALVAREZ LOBO, quien era mayor de edad, venezolana y titular de la cédula de identidad No. 17.469.549 a sus hijas las niñas La niña Identidad Omitida Según Articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de 2 años de edad, nacida el 13 de noviembre de 2.008 y La niña Identidad Omitida Según Articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de 1 año de edad, nacida el 23 de mayo de 2.011. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 816 y 822 y siguientes del Código Civil.