este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de Ciudad Bolívar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin Lugar, el recurso de apelación intentado por el profesional del derecho ARQUIMEDES HENRIQUEZ, en su condición de apoderado judicial de los presuntos agraviados DIANA CEDEÑO, ROLANDO VARGAS, ARGENIS MENDOZA y NELSON TOVAR, contra la sentencia proferida en fecha 15/12/2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito y Circunscripción Judicial, que declaró Inadmisible la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la representación judicial de los ciudadanos antes mencionados, contra la entidad de trabajo MAKRO COMERCIALIZADORA S.A., por el incumplimiento de la Providencia Administrativa Nº 2016-00033, dictada el 22 de febrero de 2016, por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE CIUDAD BOLÍVAR, ESTADO BOLÍVAR. SEGUNDO: Se confirma el fallo recurri.....