Se dictó decisión declarando con lugar la solicitud realizada por la defensa y acordando la Caución Juratoria a favor del ciudadano ELI GARCIA GUERRA, se ordena librar boleta de notificación y boleta de libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 259 en concordancia con lo dispuesto en el artículo 260 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.-