VI
DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO de la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano ATILIO RAMON LOZADA QUIROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-18.052.041, asistido por el abogado ALBERT LEOBALDO COLMENAREZ LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.801.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de lo aquí decidido.
TERCERO: La presente decisión es dictada dentro del término legal establecido para ello.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Debidamente, firmada y sellada en la sala del despacho del .....