Se dictò decisión en la presente causa acogiendo la calificación correspondiente al Delito de Violencia Fisica, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia. Se acordó medida de protección y Seguridad a la ciudadanaMeneses Jhoanna de las establecidas en los ordinales 5ºy 6º del articulo 87 de la referida Ley especial. Se acordo Medida cautelar sustitutiva de la Privativa de Libertad de la establecida en el articulo 256 ordinal 9º al ciudadano Juan Huartado, consistente en presentaciones cada vez que el tribunal lo requiera. Se acordo seguir la presente causa por el procedimiento especial. Quedando debidamente notificadas las partes de la presente decisión en fecha 14-04-2009.