Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE DECLARA LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, como consecuencia de ello CON LUGAR la demanda de Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por la ciudadana PAULINA DEL CARMEN CUICAS, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.911.656 contra RAFAEL CORDIDO, ambas partes plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: En consecuencia se condena a la parte demandada RAFAEL CORDIDO a pagar a la demandante la cantidad de SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO CON CINCO CENTIMOS (Bs. 7.275,5)