Hechas las consideraciones que anteceden, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y por autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, propuesta por el ciudadano JEAN MANUEL MARTINEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.014.230, debidamente asistido del abogado en ejercicio JONATHAN ADOLFO ARDILA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 82.846, domiciliado en la ciudad de Mérida del Estado Mérida, contra el Acta del Mandamiento de Ejecución sobre un Inmueble local comercial, practicada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 22 de febrero de 2012, de conformidad con establecid.....