´Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: INADMISIBLE el recurso de apelación, ejercido por el Abg. Mauro Carvajal, en su condición de coapoderado judicial de la parte demandada, Sociedad Mercantil PANADERÍA, PASTELERÍA Y EXQUISITECES LA CAPITAL, C.A., constituida y domiciliada en Ciudad Bolívar, Municipio Heres del Estado Bolívar, e inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, bajo el Nro. 70, Tomo 16-A Pro, de fecha 20 de Octubre de 2008, mas modificación donde se apertura la Sucursal Nro. 1, participada a esa Oficina de Registro Mercantil, en fecha 30 de Octubre del 2013, quedando inscrita bajo el Nro. 14, Tomo 57-A del año 2013, representada por la ciudadana ZULEMA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cé.....