DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, actuando bajo el intereses Superior del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de OBLIGACION ALIMENTARIA formulada por la ciudadana TERESA MERCEDES MELENDEZ DEVIEZ, plenamente identificada en autos, contra del ciudadano ARGENIS MANUEL FLORES MELENDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.659.148 y fija por concepto de Obligación de Alimentaría la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo) mensuales que el obligado deberá a pasar a su hijo IDENTIDAD OMITIDA, a partir del 30-06-05, los cuales deberá depositar en la cuenta de ahorro que en su oportunidad apertura la madre de su hijo en el Central Banco Universal a nombre del niños que nos ocupa. Además de las pensiones alimentarías que debe solventar el pad.....