CON LUGAR la apelación interpuesta por la abog. LILINA COA NUÑEZ, apoderada judicial de la MARIA FERNANDA LOPEZ DIAZ, representación delegada por su representante legal ciudadana SONIA MILAGROS DIAZ MARTINEZ en la SOLICITUD DE ACEPTACION DE HERENCIA BAJO BENEFICIO DE INVENTARIO. Queda así REVOCADA la sentencia dictada en fecha 16 de Julio del año 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar- En consecuencia, ordenar la continuación de la presente solicitud procediéndose al acto siguiente del Acto de Aceptación de Herencia bajo beneficio de inventario, celebrado el día 14 de mayo del 2008.-