DISPOSITIVO
Este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE LOS MUNICIPIOS PIAR Y PADRE PEDRO CHIEN DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil y en la sentencia Nº 1070 del 09 de Diciembre del año 2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos: DANNY JOSÉ ROMERO GARCÍA Y ELSA ISOLINA FLORES DÍAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números 15.688.191 y 17.878.216, respectivamente, y en consecuencia de ello, SE DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial contraído el día Tres (03) de Junio del año 2.004, por ante el Registro Civil del Municipio Piar del Estado Bolívar.-
Ofíciese lo conducente al órgano ante el cual se celebró el matrimonio.
La mujer no podrá usar e.....