este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, de conformidad con lo establecido en los artículos 772 y 774 del Código de Procedimiento Civil y artículo 153 de la Ley Orgánica de Registro Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, presentada por la ciudadana ANA TERESA ANZOLA DE MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-818.027, de este domicilio. En consecuencia, se RECTIFICA EL ACTA DE DEFUNCIÓN, correspondiente al ciudadano (difunto) ANDRÉS ADELINO MUÑOZ, quien en vida portaría la cédula de identidad Nº V-810.556, acta debidamente certificada por la Primera Autoridad Civil del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, expedida en fecha 12 de Junio de 2.008, signada bajo el N° 458.
SEGUNDO: Donde se asentó ".......