Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente juicio por RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO interpuesto por el ciudadano ALGELIS MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.622.893 y de este domicilio, debidamente asistido por el ciudadano EMERSON MORILLO, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 84.567, contra la Providencia Administrativa Nº 2015-00147 de fecha 27 de marzo de 2015, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, en la cual declaró con lugar la solicitud de autorización de despido propuesta contra el recurrente por la sociedad mercantil CENTRAL SANTO TOME III, C. A.. A.....