-II-
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Ordena Subsanar la Sentencia Definitiva dictada en fecha VEINTITRES (23) de SEPTIEMBRE de 1.987, por lo que se establece que el número de cédula de identidad del ciudadano JESÚS DAVID SARMIENTO VARGAS, se escribe correctamente así: "3.073.339". En consecuencia, téngase la presente aclaratoria como parte del fallo dictado por este Despacho en la fecha supra señalada (23/09/1987). Así se Decide.
Dado. Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a los dieciséis (16) días del mes de Diciembre del año dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de l.....