este Juzgado Superior Cuarto (4°) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA conforme a lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el Recurso de Nulidad interpuesto por la Sociedad Mercantil PERSOL, C.A., contra la Certificación Nº 0166-12, emanada del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL) Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de los Estados Bolívar y Estado Amazonas. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dadas las características del fallo. TERCERO: Se ordena notificar a la parte recurrente de la presente decisión.