Se DECLARA LA EJECUCION DEL SOBRESEIMIETO DE LA CAUSA dictado, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del Estado Bolívar, con relación al delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 Segundo parrafo, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al ciudadano WILKIS ANTONIO COVA ARZOLAY, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.118.380.