Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de divorcio, intentada por el ciudadano JOSÉ CARACCIOLO LINARES LINARES, venezolano, casado, obrero, mayor de edad, cedulado con el Nro. 3.940.687, domiciliado en el Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y jurídicamente hábil, contra la ciudadana MIREYA DEL VALLE ROJAS RODRÍGUEZ, venezolana, vendedora, mayor de edad, 3.722.511, casada, domiciliada en la avenida 11 del Barrio el Carmen, casa Nro. 1-35 de la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y jurídicamente hábil y disuelto el vínculo matrimonial que los une desde el día 16 de enero de 1989, contraído por ante Prefectura Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Federal, Caracas, acta Nro.....