Por razones de hecho y de derecho que han quedado expuestas, este Juzgado de Control N° 2 de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: decreta el Sobreseimiento Definitivo a favor de (IDENTIDAD OMITIDA), conforme a lo establecido en el artículo 561, literal "e" de la ley que regula esta materia, en sintonía con el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal; por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 del Código Penal; SEGUNDO: homologa el acuerdo conciliatorio de acuerdo a los artículos 564 y 578 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por cuanto el mismo reúne los requisitos legales previstos en la ley; TERCERO: suspende el proceso seguido contra el joven antes identificado, por la co.....