Se dictò sentencia Definitiva en la causa que por Rectificacion de Partida de Nacimiento, interpusieran los ciudadanos: CLAUDIO JOSE MUÑOS y YULITZA JOSEFINA CAÑAS VILLARROEL, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: 13.327.877 y 14.044.246, en beneficio de su hija (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES) (06 años) la misma se declara Inadmisible In Limine Litis por cuanto el cambio de nombre que pretende esta prohibido por nuestra legislacion