Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, designar CURADOR AD HOC del niño GUSTAVO FLORES, asistido para por el abogado REYNALDO GOMEZ, en su carácter de Defensor Publico Cuarto de esta Circunscripción Judicial al ciudadano DAVIE KENT TORRES MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.725.385, y con residencia en la Calle 27 con segunda avenida, sector Raúl Leoni, Casa s/n, diagonal al Club Santa Rosa, municipio Independencia Estado Yaracuy, solicitud interpuesta por la ciudadana RUTH TORRES, titular de la cedula de identidad N°16.950.464, residenciada en la calle 27, con 2 Avenida, Sector Raúl Leoni, casa S/N, diagonal al Club Santa Rosa, Municipio Independencia estado Yaracuy, quien contraerá matrimonio próximamente. Entréguese a la parte solicitante dos juego de copia certificada de la presente decisión para que surt.....