D E C I S I O N
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio presentada en base al Artículo 185-A del Código Civil Venezolano vigente, por los ciudadanos: JOSEFINA MARIA GOMEZ CAURO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.918.954, abogado en ejercicio, bajo el N° de Inpreabogado 67.598, y el ciudadano: ANDRES ELOY PARRA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nos. 6.078.731, actuando la primera de las nombradas en su propio nombre; y asistiendo al segundo de los nombrados. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados ciudadanos, en fecha: 28 de Marzo del Año 1986, por ante la Prefectura Civil de la P.....