Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declara: CON LUGAR LA APELACIÓN ejercida en fecha 13 de Julio de 2011, por el abogado LUIS VILLAMIZAR, en su condición de apoderado judicial de la parte intimada, ciudadanos: AMILCAR JOSE JAVIER y DAYSI ALEIDA GIL DE JAVIER, contra la sentencia de fecha 21 de Enero de 2011, inserta del folio 29 al 36, inclusive de este expediente, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en el procedimiento de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales, seguido por los abogados JOSE J. AMARO LOPEZ y JOSE J. AMARO PEÑA en contra de los ciudadanos AMILCAR JOSE JAVIER y DAYSI ALEIDA GIL DE JAVIER, ambas partes ampliamente identificadas ut supra. En consecue.....