este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley;
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO DE COMPRA-VENTA POR VIA PRINCIPAL interpuesto por el ciudadano HERALIS JOSE GIMENEZ DELGADO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nro. V-17.157.927, contra el ciudadano: JOSE ELEUTERIO GRIMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 814.790