Por los razonamiento y motivaciones expuestas éste Tribunal Cuarto en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley EXPIDE LA ORDEN APREHENSION, conforme a lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano ROMEL HERNANDEZ venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº Nº 15.570.607. Residenciado en la Urbanización Agosto Méndez, Casa B-6 de esta Ciudad. Así se decide.-