En consecuencia, este tribunal NIEGA el nombramiento del experto y el decreto de ejecución forzosa solicitado por la ciudadana diligenciante en escrito, en virtud de que al tratarse de una sentencia mero declarativa y no constitutiva no contiene una condena a pagar suma de dinero alguna, no estar determinado el quantum de la demanda lo que podría incidir en lo atinente del limite de las costas procesales, como ocurrió en el caso de la estimación e intimación de honorarios; no haber sido solicitada en el escrito ab initio, no haber sido concepto pronunciado en la sentencia, por lo que no es ejecutable en razón de lo previsto en los artículos 523 y 524 del Código de Procedimiento Civil invocados por la peticionante, por ser precisamente, las acciones mero declarativas la excepción de la ejecución en las normas mencionadas, por cuanto estas sentencias están limitadas a confirmar solamente un derecho subjetivo preexistente retrayendo sus efectos al estado inicial de una conducta cuya tras.....