ACUERDA la solicitud de Rectificación del Acta de Matrimonio del Ciudadano VICTOR OJEDA VARGAS, venezolano, mayor de edad, casado, domiciliado en Duaca, Municipio Crespo, Estado Lara, Administrador, con Cédula de Identidad No. 7.594.876, en el sentido de que en su Acta de Matrimonio que se encuentra en el libro de Matrimonio llevado por este Tribunal durante el año 2000, se asiente correctamente su estado civil de Soltero a Divorciado.
En consecuencia, se ordena, insertar la nota marginal correspondiente en el Acta de Matrimonio del Ciudadano VICTOR OJEDA VARGAS, signada con el N° 10, que riela al frente de los folios 15 y 16, de fecha cinco de Octubre del dos mil (2000), en el libro de Matrimonio llevado por este Tribunal durante el año 2000. Queda firme en esta misma fecha. Ofíciese a los Organismos competentes, remitiendo Copia Certificada de la presente Decisión conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, a los fines legales consiguientes. Expí.....