este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLÍVAR CEDE CIUDAD BOLÍVAR Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, por parte de los demandados.
SEGUNDO: se declara CON LUGAR la demanda que por COBRO DE ACREENCIAS LABORALES, que intentara la parte el ciudadano ARNEL ALFREDO HERNANDEZ en contra de la empresa MULTISERVICIOS ALITEC, C.A.