PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada recurrente contra el auto de fecha 25 de septiembre de 2023, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en el asunto Nº UP11-L-2015-000061. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes el auto de fecha 25 de septiembre de 2023, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASÍ SE DECIDE.
TERCERO: Si hay condenatoria en costas en la presente apelación, de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. ASÍ SE DECIDE.-