Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCION A COMPRA VENTA incoara la sociedad mercantil CONSTRUCTORA CARONOCO, C.A. en contra del ciudadano JESUS SALVADOR URBAEZ VELASQUEZ, ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales antes citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
- Queda REVOCADA la sentencia dictada por el Tribunal de la causa y, se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, representada por el abogado RENNY JAVIER SUAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 45.707, inserta al folio 64, en contra de la referida sentencia de fecha 28 de Octubre de 2011, dictada po.....