En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 35 y 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; declara:
PRIMERO: Que es COMPETENTE y ADMITE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto.
SEGUNDO: ORDENA notificar mediante oficio al ciudadano (a) GERENTE DE LA GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES BOLÍVAR Y AMAZONAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES, SEDE PUERTO ORDAZ - ESTADO BOLÍVAR (GERESAT-BOLÍVAR Y AMAZONAS) - (INPSASEL), de la admisión del presente recurso, de conformidad con lo previsto en el 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, remitiéndole anexo al oficio copias certific.....