Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, , administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos MAUDY ALEJANDRA ORTUÑEZ DE GIMON Y ALEXIS RAFAEL GIMON SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.914.479 y V-7.996.793. En fecha 25 de noviembre de 2011, por ante el Registro Civil del Municipio Angostura del Orinoco del Estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el Nro. 790, Tomo 1, Folios 79 y 80 del Libro de Matrimonios del año 2011, acompañada a la presente causa. Durante su unión conyugal procrearon tres (03) hijos, que ll.....