, D E C I S I O N
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cedeño, Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL DIVORCIO solicitado por los ciudadanos: PRIETO PEREZ NORA MARIBEL y MENDOZA MAITA LUIS DANIEL, venezolanos, mayores de edad, casados, residenciados en Caicara del Orinoco, Parroquia Caicara, Municipio General Manuel Cedeño, Estado Bolívar, titulares de la Cédulas de Identidad números: V-10.661.981 y V-10.065.999 respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha 20 de Enero del año 1999, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Cedeño, del Estado Bolívar, hoy Registro Civil Municipal, del Municipio General Manuel Cedeño, Estado Bolívar, según Acta de Matrimonio Nº 08, de fecha 20/01/.....